Por Urgente Santo Tomé 12/08/2026 Una docente de Colonia Carlos Pellegrini fue condenada a tres años de prisión en suspenso por exigir dinero a dos estudiantes a cambio de aprobarlas. La sentencia también contempla una multa de $360.000, la inhabilitación para ejercer el cargo y una reparación económica de $480.000.
La resolución fue dictada por la jueza de Garantías de Mercedes, Simy Beatriz Benasayag, quien homologó un acuerdo de juicio abreviado pleno y consideró acreditados dos hechos ocurridos durante 2025 en la Escuela Nº 563 Domingo Faustino Sarmiento.
La mujer fue declarada culpable de los delitos de abuso de autoridad y concusión en concurso ideal, reiterados en concurso real.
Exigió $100.000 para aprobar un módulo
El primero de los casos ocurrió entre junio y los primeros días de julio de 2025, cuando la acusada se desempeñaba como profesora interina del turno noche.
Según la sentencia, la docente ofreció aprobarle las materias a una alumna, aunque no asistiera a clases, a cambio del pago de $100.000. La estudiante entregó inicialmente $30.000, pero posteriormente comenzó a recibir reclamos para completar la suma.
El 28 de julio de ese año, la profesora le habría enviado un mensaje por WhatsApp para exigirle el pago total del denominado “producto”. Además, le advirtió que, si no entregaba el dinero restante, no aprobaría el módulo.
Una segunda alumna transfirió $150.000
El otro hecho involucró a una estudiante a quien la docente le solicitó $150.000, bajo la amenaza de desaprobarla si no cumplía con el pago.
La Justicia determinó que el dinero fue transferido mediante la plataforma Mercado Pago el 25 de abril de 2025.
Para acreditar ambas maniobras se analizaron denuncias, testimonios, audios, capturas de conversaciones, comprobantes de transferencias, documentación de la institución educativa, un informe elaborado por una trabajadora social y el expediente administrativo iniciado por el Ministerio de Educación.
La sentencia Nº 85/26, correspondiente al Legajo Judicial 23226/26, fue fundamentada el 7 de agosto, luego de la audiencia realizada dos días antes en la Oficina Judicial de Mercedes.
Participaron la jueza Benasayag, el fiscal Adrián Aurelio Casarrubia, la imputada y su defensor oficial, Edgardo Gustavo Grinberg.
Tras homologar el acuerdo alcanzado entre las partes, la magistrada impuso a la mujer:
- Tres años de prisión de cumplimiento condicional.
- Tres años de inhabilitación para ejercer el cargo que ocupaba.
- Una multa de $360.000, equivalente al doble del monto de la exacción.
- Una reparación económica total de $480.000.
- Reglas de conducta durante tres años.
La condenada deberá fijar domicilio y número de contacto, no cometer nuevos delitos y presentarse cada tres meses ante la Oficina Judicial. También tendrá prohibido ejercer como docente en Colonia Carlos Pellegrini.
Además, deberá abstenerse de realizar actos de intimidación, perturbación, violencia u hostigamiento contra las personas mencionadas en la sentencia y respetar una restricción de acercamiento de 100 metros.
Deberá pagar una reparación de $480.000
El acuerdo establece una reparación por los daños ocasionados de $240.000 para cada una de las personas beneficiarias. El monto deberá abonarse en doce cuotas mensuales de $20.000 para cada una.
La jueza consideró que la suma resultaba “prudencial y adecuada”, dado que no solo contempla el perjuicio económico causado por los pagos, sino también las consecuencias extrapatrimoniales sufridas por las estudiantes. “La reparación acordada constituye una respuesta concreta y razonable frente al daño ocasionado”, sostuvo Benasayag.
En los fundamentos, la magistrada aclaró que la condena no podía sostenerse únicamente en el reconocimiento realizado por la acusada durante el juicio abreviado, sino que debía existir prueba independiente. “Las probanzas incorporadas a la investigación me permiten tener por respaldada la aceptación de los hechos formulada por la imputada”, afirmó.
Benasayag concluyó que la calificación jurídica propuesta por la Fiscalía y aceptada por la defensa era adecuada. También indicó que no surgieron circunstancias que permitieran considerar causales de inimputabilidad, justificación o inculpabilidad.
Una vez que la sentencia quede firme, se formará el legajo de ejecución y se realizarán las comunicaciones correspondientes a la Policía de Corrientes, el Registro Nacional de Reincidencia y los demás organismos estatales competentes.
