Por Urgente Santo Tomé 20/10/2022 El cuerpo Deliberativo aprobó en el día de hoy un proyecto para activar la funcionalidad de más de 20 cuadras que se conectarán con la futura Costanera de Santo Tomé. El proyecto bajo ordenanza nº 232/2022 habilita a partir de ahora con la rúbrica de la mayoría de los Ediles tanto del oficialismo, como de la oposición, a que la comuna haga regir la funcionalidad de calles como Padre Idoy, bertodano Caa Guazú, MITRE, Rivadavia entre otras , que se conectan directamente a la costa del río Uruguay. El ambicioso proyecto de la Costanera requiere que la mayoría de las arterias que llegan hasta la margen del río Uruguay estén en condiciones , despejadas y utilizables.
Ampliaremos

ORDENANZA Nº 751/2022
VISTO:
El Expte. 232/2022, iniciado por Concejales de Distintas Bancadas, Presentan Proyecto de Ordenanza, referente a Ordenar al Departamento Ejecutivo Municipal la apertura de todas la calles que terminen sobre la ribera del Rio Uruguay, y;
CONSIDERANDO:
Que, se hallan en fase de proyecto la construcción de obras como la Costanera sobre el Rio Uruguay
Que esta ciudad tiene prácticamente desde su refundación las trazas de las Calles de Santo Tome formando prácticamente un cuadrado perfecto
Que el proyecto de Costanera de concretarse tendrá un altísimo impacto que obligará a la ciudad al desarrollo de las infraestructuras complementarias.
Que existen calles sobre la ribera del Uruguay que estando demarcadas no se hallan actualmente transitables.
Que en sesión Ordinaria de fecha 20-10-2022, el Dictamen de la comisión de Obras Públicas e Higiene fue puesto a consideración del cuerpo y aprobado por unanimidad de los ediles presentes
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SANTO TOME (CTES.), SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1: ORDENAR, al DEM la apertura inmediata de todas las calles que terminen sobre la rivera del rio Uruguay (futura costanera). Calle Belgrano, Bertodano, Caa Guazú, Mitre, Irigoyen Rivadavia, en una primera etapa.
Artículo 2: AUTORIZAR al DEM a disponer todas las medidas legales, administrativas y judiciales para el cumplimiento.
Artículo 3: AUTORIZAR al DEM a imputar los gastos que demanden los trabajos a las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 4°: LA presente Ordenanza, será refrendada por la Secretaria Legislativa del Honorable Concejo Deliberante de Santo Tomé, Corrientes.
Artículo 5º: COMUNÍQUESE, Elévese al DEM. a sus efectos, dese cumplimento y oportunamente archívese.
Dada en el Recinto del Honorable Concejo Deliberante de Santo Tomé, Corrientes, donde se celebró la Sesión Ordinaria a los Veinte Días del Mes de Octubre del Año Dos Mil Veintidós.
MARIANA LARRALDE STELLA MARIS UGUET
SECRETARIA LEGISLATIVA H.C.D VICEPRESIDENTE 1º H .C.D
SANTO TOME (CTES.) SANTO TOMÉ (CTES)
